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REPDA: Observa y revisa tu título de concesión

en September 10, 2025

Decodifica tu Título: ¿Vigente o Bomba de Tiempo?

Autor: Agrocity Prensa
Fecha: 11 de septiembre de 2024
Categoría: Gestión del Agua

📄 Resumen Ejecutivo

Un título de concesión de agua no es un simple papel burocrático, sino un documento técnico complejo que determina tu derecho legal al uso del agua y contiene información crítica codificada que pocos productores saben interpretar. Desde el número de identificación que revela el organismo emisor y la región hidrológica, hasta las obligaciones específicas que pueden activar procedimientos sancionatorios, cada elemento tiene implicaciones jurídicas directas. Este artículo te enseña a leer sistemáticamente tu título, identificar alertas tempranas de vencimiento o incumplimiento, y entender cómo el REPDA funciona como tu sistema de verificación para mantener la seguridad jurídica de tu aprovechamiento.

🏷️ Palabras Clave

Términos clave: título concesión agua, interpretar número título CONAGUA, vigencia concesión agua, REPDA consulta, obligaciones título concesión, decodificar documento agua, elementos título concesión

📖 Desarrollo

La Arquitectura Oculta de tu Documento Más Importante

Un título de concesión de agua representa la materialización jurídica de un derecho de aprovechamiento que, según el artículo 23 de la Ley de Aguas Nacionales, debe expresar elementos específicos que van mucho más allá de una autorización simple. La estructura de estos documentos sigue patrones estandarizados que permiten identificar información crítica para la operación segura del aprovechamiento.

El diseño de los títulos no es accidental. Cada sección, número y especificación técnica responde a requerimientos legales precisos que facilitan la administración de los recursos hídricos nacionales y establecen las bases para el cumplimiento de obligaciones específicas del concesionario.

Anatomía del Número de Título: 09 TAM 1 26378 / 25 A P OC 14

09 ⇒ Determinante de circunscripción territorial, es el ámbito geográfico-administrativo dentro del cual CONAGUA ejerce competencia para autorizar, vigilar y administrar un aprovechamiento; No se refiere solo al estado o municipio, sino a la unidad administrativa vinculada a una Región Hidrológico-Administrativa y a su Organismo de Cuenca.

Clave Región Hidrológico-Administrativa Estados principales que cubre
I Península de Baja California Baja California, Baja California Sur
II Noroeste Sonora, norte de Sinaloa
III Pacífico Norte Sur de Sinaloa, Nayarit
IV Balsas Guerrero, Morelos, parte de Puebla, Michoacán, Estado de México
V Pacífico Sur Oaxaca, Chiapas
VI Río Bravo Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas
VII Cuencas Centrales del Norte Zacatecas, San Luis Potosí, Aguascalientes, Durango
VIII Lerma–Santiago–Pacífico Jalisco, Guanajuato, Querétaro, Michoacán, Nayarit
IX Golfo Norte Veracruz norte, parte de San Luis Potosí, Hidalgo, Tamaulipas sur
X Golfo Centro Veracruz centro, Puebla, Tlaxcala
XI Frontera Sur Chiapas, Tabasco
XII Península de Yucatán Campeche, Yucatán, Quintana Roo
XIII Aguas del Valle de México Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo

TAM ⇒ Entidad Federativa del aprovechamiento, sólo por citar unos ejemplos mencionaremos a:

Iniciales Entidad Federativa Observaciones
BCS Baja California Sur Identifica aprovechamientos en la Península Sur (RHA I)
SON Sonora Pertenece a la Región Hidrológica-Administrativa II (Noroeste)
SIN Sinaloa Puede aparecer en RHA II (norte) o III (sur) según la cuenca

1 ⇒ número que se asigna de acuerdo al tipo de aprovechamiento:

Id Significado
1 para aguas subterráneas, superficiales, zona federal y descargas
2 Extracción de Materiales como arena, grava, etc
3 permisos precarios como boletas, registros nacionales, dotaciones presidenciales
4 Distritos de riego
5 Reserva de aguas nacionales
6 Infraestructura hidráulica
8 Zona de libre alumbramiento

26378 ⇒ Identificador consecutivo

25 ⇒ se refiere a la cuenca hidrológica específica dentro de esa Región Hidrológica Administrativa, porque cada región se subdivide en varias cuencas.

Id Clave de uso
A Agrícola
B Agroindustrial
C Doméstico
D Acuacultura
E Servicios
F Industrial
G Pecuario
H Público Urbano
I Diferentes usos
J Generación de energía
K Comercio
L Otros

P ⇒ clave de la fuente de abastecimiento

Id Significado
A RÍO
B PRESA
C CANAL
D ARROYO
E LAGO
F LAGUNA
G BARRANDA
H PRESA
I ESTERO
J MARISMA
K OTRA SUPERFICIAL
L POZO SOMERO
M POZO PROFUNDO
N GALERÍA FILTRANTE
O MANANTIAL
P NORIA
Q OTRA SUBTERRÁNEA
R RED MUNICIPAL
S MÚLTIPLE

OC ⇒ autoridad que emite

Id Significado
GR GERENCIA REGIONAL
OC ORGANISMO DE CUENCA
DA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL AGUA
DL DIRECCIÓN LOCAL
GC GERENCIA CENTRAL

14 ⇒ Representa únicamente el Año de emisión del título, este número no está asociado a la vigencia.

El número de identificación de cada título sigue una estructura lógica que revela información fundamental sobre el aprovechamiento. Basándose en los patrones observados en la documentación oficial, la numeración típicamente incluye elementos que identifican:

Resumen del código:

💧Primeros dígitos: Corresponden a la región hidrológico-administrativa donde se ubica el aprovechamiento.

💧Segmento central: Identifica el organismo de cuenca específico que emitió el título

Secuencia numérica: Representa el número consecutivo del expediente dentro del sistema regional.

💧Dígitos finales: Indican el año de expedición o procesamiento del título

Esta codificación permite rastrear el título en sistemas nacionales, determinar la autoridad competente para trámites posteriores y verificar la autenticidad del documento. Además, facilita la consulta en el REPDA y otros sistemas de información hídrica.

Coordenadas de aprovechamiento y precisión legal: Todo título especifica las coordenadas exactas del punto de extracción, expresadas generalmente en coordenadas geográficas (latitud, longitud). Estas coordenadas no son referencias aproximadas sino definiciones legales precisas del lugar autorizado para la extracción. Cualquier desplazamiento significativo del punto de bombeo sin autorización previa constituye modificación no autorizada del título.

La experiencia práctica muestra que discrepancias de más de 100 metros entre las coordenadas autorizadas y la ubicación real del aprovechamiento pueden generar observaciones durante inspecciones de CONAGUA. Errores de georreferenciación históricos, especialmente en títulos expedidos antes del año 2000, requieren atención especializada para evitar conflictos regulatorios.

Volúmenes: la diferencia crítica entre extracción y gasto requerido: Los títulos distinguen claramente entre volumen de extracción autorizado y el caudal máximo permitido. Esta diferenciación es fundamental para actividades que requieren retorno de agua al sistema:

Volumen de extracción: Cantidad máxima que se puede extraer de la fuente, medida en metros cúbicos anuales, se mide en metros cúbicos por año.

Gasto máximo: Volumen máximo instantáneo de extracción permitido que efectivamente se incorpora al proceso productivo y no se retorna al sistema hídrico, se mide en litros por segundo.

Para uso agrícola, la diferencia entre ambos volúmenes refleja el consumo anual permitido monitoreado mediante el medidor de flujo volumétrico y la selección correcta de un equipo de bombeo que no rebase este límite.

Vigencia y fechas críticas: La vigencia del título inicia, según el artículo 25 de la Ley de Aguas Nacionales, "a partir del día siguiente a aquél en que le sea notificado"; Sin embargo, algunos títulos especifican condiciones suspensivas para el inicio de la vigencia, como la construcción de obras específicas o el cumplimiento de requisitos técnicos particulares.

El análisis de documentación oficial revela que los títulos pueden contener hasta tres fechas relevantes:

💧Fecha de expedición del título

💧Fecha de inicio de vigencia

💧Fecha de vencimiento

La confusión entre estas fechas ha causado errores de cálculo en plazos de renovación que resultan en vencimientos inadvertidos.

Obligaciones Específicas

El artículo 29, fracción II de la Ley de Aguas Nacionales establece la obligación de "instalar dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la recepción del título respectivo por parte del interesado, los medidores de agua respectivos". Esta obligación específica se detalla en cada título con especificaciones técnicas particulares.

La documentación histórica demuestra que los títulos más recientes incluyen especificaciones sobre:

💧Tipo de dispositivo de medición requerido

💧Ubicación específica para la instalación

💧Protocolo de calibración y mantenimiento

💧Frecuencia de reportes de consumo

El incumplimiento de estas obligaciones puede activar procedimientos sancionatorios que escalan desde amonestaciones hasta la suspensión temporal del aprovechamiento.

Condicionantes técnicas específicas: Muchos títulos incluyen condicionantes técnicas que van más allá de las obligaciones generales. El análisis de casos reales revela condicionantes frecuentes como:

💧Restricciones de bombeo durante períodos específicos del año

💧Limitaciones de extracción en función de niveles piezométricos del acuífero

💧Obligaciones de mantenimiento de infraestructura específica

💧Compromisos de eficiencia en el uso del agua

Estas condicionantes no son meras recomendaciones sino obligaciones legales cuyo incumplimiento puede generar causales de revocación del título.

REPDA: Tu Sistema de Navegación Legal

El Registro Público de Derechos de Agua funciona como el sistema de verificación oficial del estatus legal de los aprovechamientos. Según el artículo 30 de la Ley de Aguas Nacionales, las inscripciones en el REPDA "constituyen medios de prueba de su existencia, titularidad y del estado que guardan".

Interpretación de estatus en REPDA: El sistema REPDA utiliza estados específicos:

Vigente: Título en pleno goce de derechos sin restricciones

Vencido: Título que ha superado su fecha de vigencia y requiere renovación inmediata

Suspendido: Título con restricciones temporales, generalmente por incumplimiento de obligaciones

En prórroga: Título cuya renovación está en proceso de tramitación

Revocado: Título cancelado definitivamente por causales específicas

La ausencia de inscripción en REPDA no invalida automáticamente un título, pero limita significativamente su oponibilidad frente a terceros y complica procesos como transmisiones o modificaciones.

Consulta estratégica del REPDA: La consulta efectiva del REPDA requiere conocimiento de los campos de búsqueda disponibles y la interpretación correcta de los resultados. El sistema permite búsquedas por:

💧Número de título completo

💧Nombre del titular

💧Entidad federativa, Municipio

💧Uso que ampara

La información disponible en REPDA incluye datos básicos, modificaciones, transmisiones y actualizaciones que pueden revelar patrones importantes para la gestión del aprovechamiento.

Señales de Alerta: Cuándo tu Título Requiere Atención Inmediata

Indicadores de riesgo en la documentación: El análisis sistemático de títulos revela indicadores específicos que sugieren necesidad de revisión legal especializada.

Inconsistencias en datos básicos:

🌱Discrepancias entre el nombre del titular en el título y en escrituras del predio

Coordenadas que no corresponden con la ubicación real del aprovechamiento

🌱Volúmenes autorizados que no coinciden con la capacidad instalada

🌱Fechas de vigencia inconsistentes con las condiciones de expedición

Condicionantes complejas o múltiples: Títulos con múltiples condicionantes técnicas requieren análisis especializado para verificar el cumplimiento integral. La experiencia muestra que títulos con más de cinco condicionantes específicas tienen mayor probabilidad de generar observaciones durante inspecciones.

Historial de modificaciones: Títulos con múltiples modificaciones previas pueden tener condiciones superpuestas o conflictivas que requieren clarificación legal para evitar interpretaciones erróneas durante el cumplimiento.

La Economía del Mantenimiento Preventivo

Análisis costo-beneficio del cumplimiento: La gestión proactiva de títulos genera ventajas económicas cuantificables. La experiencia práctica muestra que:

🌱Renovación oportuna de títulos: costo base

🌱Regularización de títulos vencidos: hasta 300% del costo base

🌱Corrección de datos erróneos: 150-200% del costo de tramitación original

🌱Procedimientos de defensa por incumplimiento: 500-1000% del costo preventivo

Estos diferenciales de costo no incluyen las pérdidas operativas durante períodos de irregularidad, que pueden incluir suspensión de actividades productivas y pérdida de acceso a programas gubernamentales.

Tiempos de respuesta institucional: Los trámites preventivos generalmente se resuelven en plazos significativamente menores que los correctivos:

🌱Prórrogas oportunas: 60-90 días hábiles

🌱Regularización de títulos vencidos: 120-180 días hábiles

🌱Corrección de errores técnicos: 90-120 días hábiles

🌱Procedimientos de reposición: 180-360 días hábiles

Estrategias de Gestión Integral

Protocolo de revisión anual: La gestión eficiente de títulos requiere implementar protocolos sistemáticos de revisión que incluyan:

🌱Verificación de vigencia y cálculo de fechas críticas para renovación

🌱Revisión del cumplimiento de obligaciones específicas de medición y reporte

🌱Validación de consistencia entre información del título y realidad operativa

🌱Consulta de estatus en REPDA y sistemas oficiales

🌱Evaluación de necesidades de modificación o actualización

Sistema de alertas preventivas: Implementar calendarios de obligaciones que incluyan no solo fechas de vencimiento sino también plazos para presentación de informes, pagos de derechos y cumplimiento de condicionantes específicas.

Documentación de respaldo: Mantener archivos organizados que incluyan no solo el título original sino también toda la correspondencia oficial, comprobantes de cumplimiento de obligaciones y evidencias de uso efectivo del agua que puedan ser requeridas durante inspecciones o procesos de renovación.

🎯 Conclusiones

Un título de concesión de agua correctamente interpretado trasciende su función como documento administrativo para convertirse en herramienta de planeación estratégica y protección jurídica del aprovechamiento. La capacidad de decodificar números de identificación, interpretar volúmenes autorizados, identificar obligaciones específicas y monitorear estatus en sistemas oficiales determina la diferencia entre operar con certeza jurídica plena o navegar en la incertidumbre regulatoria.

El REPDA emerge como sistema de verificación fundamental, pero su uso efectivo requiere comprensión de códigos y terminología específica que permita interpretar correctamente la información disponible. La consulta regular de este sistema, combinada con análisis preventivo del título, proporciona las bases para una gestión proactiva que minimiza riesgos y optimiza la protección de derechos.

La inversión en comprensión profunda del título propio representa una de las medidas de protección más costo-efectivas disponibles para usuarios de aguas nacionales. En un contexto de creciente escasez hídrica y endurecimiento regulatorio, esta comprensión no constituye un lujo académico sino una necesidad operativa que puede determinar la continuidad de la actividad productiva.

Recomendaciones

Establece un sistema de revisión anual de tu título que incluya verificación de vigencia, análisis de cumplimiento de obligaciones específicas y consulta de estatus en REPDA. Implementa alertas preventivas para fechas críticas de renovación, presentación de informes y pagos de derechos. Mantén documentación organizada de todo el historial del título, incluyendo correspondencia oficial y evidencias de cumplimiento que puedan ser requeridas durante inspecciones o procedimientos administrativos.

📚 Referencias

  1. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2016). Ley de Aguas Nacionales. Última reforma DOF 06-01-2020. México: Diario Oficial de la Federación.
  2. Comisión Nacional del Agua. (2017). Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales. Última reforma DOF 25-08-2014. México: CONAGUA.
  3. Comisión Nacional del Agua. (2020). Manual de Procedimientos del Registro Público de Derechos de Agua. México: CONAGUA.
  4. Comisión Nacional del Agua. (2022). Manual del Buzón del Agua: Gestión de Trámites y Comunicación con Usuarios. México: CONAGUA.
  5. Tribunal Federal de Justicia Administrativa. (2019). Criterios jurisprudenciales sobre interpretación de títulos de concesión de aguas nacionales. Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, No. 127. México: TFJA.

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